LOS
MATRIMONIOS GAY
En el
editorial del 1 de marzo del 2013 del diario digital ForumLibertas.com, leí que
el Juez español Fermín Calamita fue inhabilitado por un presunto
entorpecimiento en la adopción de una niña por una pareja de lesbianas, y
advirtió el editorialista que “Hay
que recordar el caso de la experiencia sueca, en la que al final se han tenido
que crear centros educativos para los menores de padres y madres homosexuales?
Pero no porque los otros niños actuaran agresivamente contra ellos, sino porque
los propios hijos de las parejas homosexuales soportaban mal el contraste con
algo que ellos no tenían.”
Para nadie es ya un secreto que el Papa
Francisco, cuando era Obispo de Buenos Aires (Argentina), tuvo un fuerte
enfrentamiento con los Kirchner al defender aquel el concepto de familia como
una unión de un hombre y una mujer, y en contra del proyecto de ley propuesto o
defendido por el gobierno argentino para unir en matrimonio a las parejas gay.
Los romanos en su máxima expresión fundaron su
poderío en la moral, herencia de la filosofía estoica que recibieron de Grecia.
El romanista Eugene Petit afirmó de Roma que “Sus jurisconsultos encontraron en
él una noción nueva: la de un derecho innato, fundado sobre la razón y superior
a las leyes escritas, al jus emanado de las prescripciones del legislador.”.
La Corte Constitucional colombiana, en fallo
que no la enaltece, dijo que era necesaria una
"legislación integral y sistemática para que las parejas del mismo sexo se
constituyan en familia" (Como lo dijo expresamente el boletín de prensa de
julio 27 del 2011) e instó al Congreso a legislar porque los homosexuales
tenían derecho a conformar una familia.
El
Código Civil en su artículo 113, la Ley 294 de 1996 en su artículo 2, y la Ley
1361 del 2009 en su artículo 2, afirman en forma clara, explícita y sin
ambigüedades de ninguna clase, que la familia es la unión de un hombre y una
mujer.
El
artículo 230 de la Constitución Nacional afirma en forma expresa y tajante que
los jueces sólo están sujetos al imperio de la Ley. Pues el imperio de la Ley
está expreso y claro en las leyes citadas. Pero lo más grave no es eso: la
propia Constitución Nacional expresó en su artículo 42 qué es una familia: “La
familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos
naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer
matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla. El Estado y la
sociedad garantizan la protección integral de la familia.”
Si se
viola la Constitución Nacional, como lo hizo la Corte Constitucional en su
fallo C 577 del 2011, al ir en contra expresa de los artículos 230 y 42 de la
Carta Suprema, al hacer sofistas elucubraciones que la llevaron a concluir que
el concepto de familia debía incluir también a parejas homosexuales ¿qué nos
queda? Ahora entiendo con mayor claridad el descrédito de la Justicia en
Colombia.
Arnold Toynbee en su Estudio de la Historia
recuerda que la decadencia de Roma se debió a que “Algunos corrían tras las
mujeres, otros buscaban los vicios contra natura y muchos se dedicaban a los
espectáculos y a la bebida y a las extravagancias que originan.”
No va con la naturaleza humana que exista un
matrimonio entre personas del mismo sexo, pues sería una unión contra natura.
No se trata de menospreciar, ni de estigmatizar a quienes gusten de estar con
otra persona del mismo sexo, pero tampoco se puede generar una sociedad basada
en esas uniones homosexuales. Aceptar que una unión de personas del mismo sexo
genere una comunidad de bienes puede ser razonable para que no haya inequidad,
pero de ahí a aceptar matrimonios para que se forme una familia que pueda
adoptar hijos o procrearlos con sistemas de fertilización in vitro, etc… no es
aceptable desde ningún punto de vista.
JULIO
ENRIQUE GONZALEZ VILLA
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